SANTO DOMINGO, R. D.
La sentencia del Tribunal
Constitucional (TC) que quita poderes a los organismos de dirección de los
partidos para determinar el tipo de padrón, la modalidad y el método a utilizar
en la selección de sus candidatos, dejará sin efectos decisiones asumidas en
ese sentido por algunas organizaciones políticas que se verán compelidas a
ajustar sus estatutos
.
La medida afectará mayormente al
Partido de la Liberación Dominicana (PLD), debido a que decidieron seleccionar
sus candidatos a través de primarias, utilizando el padrón electoral de la
Junta Central Electoral (JCE), metodología que no está consignada en sus
estatutos.
La normativa peledeísta establece
en su artículo 43: “Los candidatos o candidatas del Partido para las elecciones
nacionales, congresuales y municipales se escogerán mediante primarias
internas, conforme al reglamento dictado al efecto”.
Conforme a José Manuel Hernández
Peguero, miembro del Comité Central y ex juez del Tribunal Superior Electoral
(TSE), la sentencia anula la decisión del Comité Central del Partido que había
decidido la elección de candidatos con el padrón general de la JCE.
“Es de esperar que, el Comité
Político del PLD aborde en su próxima reunión la situación creada por esta
sentencia, cuya ejecución impone, de acuerdo al artículo 43 del PLD, la
escogencia de los candidatos a través de primarias internas, es decir con el
padrón de militantes”, precisó.
A su juicio, la sentencia
constituye un precedente importante para el fortalecimiento de la democracia
partidaria, pues consagra que dicha tarea le corresponde al organismo que los
estatutos señalasen.
“Esta sentencia confirma nuestro
argumento de las limitaciones de los legisladores al momento de tratar de
regular los partidos y afectar la independencia de los militantes de establecer
los procedimientos que consideren más apropiado a sus intereses”, apuntó.
Sin embargo, la secretaria de
organización del PLD, Miriam Cabral, aseguró que la sentencia del TC "no
afecta en nada" la selección de las candidaturas de esa organización
política por lo que "todo se queda igual".
Sostuvo que en caso de tener la
decisión una aplicación retroactiva "lo más que puede hacer el PLD es
convocar a un congreso extraordinario y ratificar lo que decidió el Comité
Central".
"Lo único que agrega el
tribunal es que ese organismo esté contemplado en los estatutos y yo lo veo
hasta innecesario porque la ley mandaba a los partidos a adecuar sus
estatutos", argumentó Cabral.
Explicó que el Comité político de su partido formó una comisión
para adecuar los estatutos “de la que yo fui parte y lo hicimos y lo
presentamos y se aprobó eso a unanimidad”.
Asimismo, Cabral consideró que la decisión del TC no pudiera
tener retroactividad ya que "todos los partidos han tomado decisiones sobre
ese tema".
EN REGLA
Sobre el tema, el presidente del Partido Revolucionario
Moderno (PRM), José Ignacio Paliza, aseguró que la decisión del TC, en
principio, en nada afecta a esa organización.
Basó su posición en que escogieron la metodología para seleccionar
sus candidatos en virtud de lo que establecen los estatutos del partido.
Seleccionaran sus candidatos a través de primarias cerradas.
El presidente del Partido Reformista Social Cristiano
(PRSC), Federico Antún Batlle, sostuvo: “Hace tiempo que transmitimos los
poderes a los organismos del partido y adecuamos nuestra organización”.
FUENTE: DIARIO LIBRE
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